Normas, propiedad y contratos

Artículo en Instituto Juan de Mariana.

El derecho de propiedad de una persona sobre un objeto significa que el dueño controla legítimamente ese recurso, que tiene el derecho a decidir qué hacer o no hacer con ello sin intromisiones violentas de otras personas. La propiedad es el ámbito de control legítimo de cada individuo, y tiene como límite la propiedad formalmente equivalente de los demás seres humanos: el propietario decide, los no propietarios no. Los derechos de propiedad bien definidos constituyen una partición del conjunto de las posibles entidades respecto a las cuales puede existir algún conflicto sobre su utilización: todas las entidades de usos potencialmente conflictivos tienen un solo propietario (no hay entidades sin propietario y no hay entidades con más de un propietario). Si el propietario es una persona individual, la propiedad sobre sus posesiones es plena o completa; si el propietario es un conjunto de personas, la propiedad es compartida.

El derecho de propiedad, el derecho a decidir sobre la realización de acciones con los objetos poseídos, es la norma fundamental de una sociedad libre, la regla básica por defecto, pero no es la única norma relevante posible. El derecho de propiedad puede considerarse como una metanorma (una norma de alto nivel de abstracción que indica cómo construir o generar otras normas más concretas): el propietario decide las reglas de uso de sus posesiones, expresadas mediante obligaciones o prohibiciones, que pueden ser absolutas (incondicionadas) o dependientes de alguna condición.

El derecho de propiedad es la norma primitiva a partir de la cual se generan otras normas derivadas. Es una norma abstracta universal, simétrica y funcional: se aplica por igual a todas las personas y sirve para la convivencia en sociedad. A partir de esta norma universal (y sus instanciaciones en individuos y objetos concretos) es posible construir normas particulares mediante contratos entre personas.

Un solo propietario puede establecer de forma unilateral normas de uso sobre su propiedad que sus invitados deben cumplir en dicho ámbito. También es posible establecer normas de forma bilateral o multilateral si un conjunto de propietarios establecen acuerdos sobre restricciones mutuas respecto a sus conductas y sus propiedades; estas restricciones pueden ser simétricas (si todos se obligan a lo mismo o se prohíben lo mismo) o asimétricas (se negocian unas restricciones para unos a cambio de otras limitaciones diferentes para otros).

En un lenguaje normativo adecuado es necesario referirse de forma completa a agentes, acciones y medios de acción. El derecho de propiedad parece referirse solamente a personas (dueños) y posesiones (objetos como medios de acción) ignorando las acciones, pero está implícito que la propiedad significa que el dueño puede hacer lo que quiera (actuar conforme a su voluntad) con sus posesiones (en el ámbito de su propiedad, sin agredir la propiedad ajena). La propiedad enfatiza la relación entre la persona y las cosas poseídas; la libertad enfatiza la relación entre la persona y sus acciones.

Los derechos de propiedad pueden transferirse plenamente y de forma definitiva (una compraventa) pero también pueden modificarse de forma parcial mediante acuerdos contractuales en los que dos o más partes pactan algo respecto a sus posesiones. Los contratos legítimos se basan en derechos de propiedad legítimos: pueden mencionar a otras personas o entidades, pero sólo generan derechos y obligaciones para las partes contratantes. Los contratos son compromisos formales exigibles mediante el uso de la fuerza (lo cual es comprendido y aceptado voluntaria y libremente por las partes contratantes porque en eso consiste un contrato, no es una promesa informal o una mera declaración de intenciones no exigible). Los contratos generan de forma recíproca derechos positivos (a exigir lo pactado a la otra parte) y deberes (a cumplir con lo acordado).

Las compraventas son actos generalmente simples, puntuales y directos; son mucho más interesantes y complejos los contratos que se extienden en el tiempo y que se refieren a acciones de los contratantes en función de diversas cláusulas o condiciones. Aunque la propiedad es la norma fundamental de una ética de la libertad, es un error considerar que los contratos son simplemente transferencias completas de derechos de propiedad y que el único delito posible es el robo; en una sociedad compleja pueden ser mucho más importantes los problemas de incumplimientos contractuales.

Libertad, derecho de propiedad y principio de no agresión

Artículo en Instituto Juan de Mariana.

Los conceptos de libertad, derecho de propiedad y principio de no agresión son equivalentes: son formas complementarias de referirse a las mismas ideas éticas fundamentales desde puntos de vista distintos; no son nociones contradictorias, las tres son útiles y necesarias y no tiene sentido intentar separarlas.

El lenguaje natural humano dispone de sustantivos y de verbos para referirse a cosas y procesos, agentes y acciones. En algunas circunstancias se enfatizan los sustantivos, los objetos físicos, los agentes y medios de acción; en otras se resaltan los verbos, los sucesos, lo que pasa, lo que se hace. La riqueza expresiva permite a los hablantes usar el tipo de lenguaje más adecuado sin pretender que es el único posible.

En matemáticas existen operaciones de transformación (transformadas de Fourier y Laplace) que asocian funciones equivalentes (contienen la misma información expresada de formas distintas) definidas según variables complementarias (como la intensidad de una señal variable en el tiempo y su espectro de frecuencias). En algunos casos solucionar un problema es mucho más fácil en el espacio transformado que en el espacio original, y por eso se asume el coste de realizar primero la transformación, resolver el problema y luego ejecutar la transformación inversa sobre la solución.

El ser humano actúa (hace algo) utilizando medios escasos (cosas presentes en la realidad). La persona es libre si actúa según su propia voluntad sin coacción externa; el derecho de propiedad define relaciones legítimas de posesión entre dueños y bienes económicos. La libertad enfatiza la acción, y el derecho de propiedad enfatiza los medios. La acción libre precisa de medios para llevarse a cabo, y la libertad tiene límites: no puede dañar la propiedad ajena. La propiedad es el ámbito en el cual toda acción está permitida (mientras no dañe a otro), el dueño es libre de hacer lo que quiera con sus posesiones; pero cada individuo no es libre de hacer lo que quiera con la propiedad ajena.

El principio de no agresión complementa las nociones de libertad y derecho de propiedad ligándolas con la legitimidad del uso de la fuerza: el ser humano agredido no es libre; no es ético atacar a otra persona o destruir o robar su propiedad (iniciar el uso de la violencia), y sí es justo utilizar la fuerza para defenderse. La agresión impide el libre ejercicio por la víctima de su derecho de propiedad.

Desgraciadamente el concepto de libertad es distorsionado por los colectivistas y confundido con otras nociones como la riqueza, el poder, o la ausencia de influencias; también es un concepto problemático cuando se refiere al libre albedrío como algo sobrenatural, indeterminado, causa de sí mismo. El derecho de propiedad es a menudo ninguneado en los ámbitos jurídicos y constitucionales, donde se ignora que es el único derecho natural del cual derivan todos los demás; sólo se le otorga una utilidad instrumental al servicio de otros pseudoderechos políticos. El principio de no agresión queda enterrado bajo múltiples excusas que falazmente pretenden justificar la intromisión estatal.

Para construir una ética científica (precisa, rigurosa, consistente) es conveniente explicitar las relaciones entre los tres conceptos básicos (libertad, derecho de propiedad y principio de no agresión) que se refuerzan y aclaran mutuamente.

Voluntad, libertad, propiedad y contratos

Artículo en Instituto Juan de Mariana.

De niño yo quería tener el poder del deseo, y estaba preparado para cuando apareciese el genio de la lámpara: le pediría que se cumpliera siempre todo lo que yo quisiera, con lo cual sobrarían los otros dos deseos (genios expertos en metalógica y los problemas de la auto-referencia aclararían que no pueden conceder ciertos metadeseos para no quedarse sin empleo). Es una lástima, pero no existe el genio de la lámpara (ni los Reyes Magos, ni Santa Claus, ni Papá Noel): todo el mundo se entera antes o después.

La voluntad aspira a realizarse, pero los deseos suelen estar muy lejos de la realidad; para evitar la frustración puede recurrirse a la superstición, y así los creyentes de las diversas religiones rezan a sus divinidades para pedirles todo tipo de cosas (si son buenos negociadores prometen algo a cambio y agradecen lo ya concedido). Yo quería ser una estrella del baloncesto, salir con la chica más bonita y ser admirado por todos (nada original). Es una lástima, pero no existen las entidades sobrenaturales: solamente algunas personas consiguen romper el hechizo y se dan cuenta de ello. Si quieres conseguir algo, haz algo al respecto; simplemente desear intensamente no sirve de nada si esa motivación no impulsa a la acción. Querer mucho y hacer poco es garantía de frustración e infelicidad.

La relación entre hijos y padres es fuertemente asimétrica: el niño pide, exige, llora, y el progenitor se esfuerza para poder dar y satisfacer su voluntad (desde las necesidades hasta los caprichos). Es una lástima, pero es biológicamente imposible ser eternamente niños todos a la vez, alguien tiene que producir (dar puede ser emocionalmente gratificante, pero el altruismo puro es evolutivamente imposible).

Por otro lado el niño necesita ser educado, aprender mediante transmisión cultural, adquirir hábitos adecuados: los padres guían este proceso mediante prohibiciones y obligaciones que van contra la a menudo poco razonable voluntad del niño. La persona adulta no necesita los mandatos de sus mayores y actúa según su propia voluntad. Los colectivistas tal vez asumen que lo que funciona con los niños debe ser adecuado para los adultos, de modo que pretenden organizar la sociedad a golpe de leyes intervencionistas que impongan su voluntad sobre la de los demás (o quizás quede en ellos un residuo de resentimiento que les lleva a vengarse de su represión infantil coaccionando al vecino). Algunos intentan vivir siempre como niños, o simplemente fracasan en el proceso de maduración, no asumen su autonomía y su responsabilidad y se transforman en pedigüeños profesionales, intentan dar lástima y vivir de la caridad ajena (hay vagos muy hábiles en la manipulación de los sentimientos que consiguen recibir algo sin dar nada a cambio).

La biología, la psicología evolucionista y la praxeología indican que la voluntad (las preferencias, los deseos) es impulsora y guía de la acción adecuada que permite la supervivencia. Una persona madura e inteligente tiene posibilidades de éxito porque actúa conforme a sus deseos, no se limita a recrearse en sus ensoñaciones, a rogar a la divinidad, a esperar que pase algo, a recibir un regalo milagroso o un golpe de suerte.

Como los seres humanos son hipersociales cada persona actúa persiguiendo sus preferencias en un entorno en el que están presentes otras personas con sus propias preferencias. En las sociedades no libres unos seres humanos imponen por la fuerza sus preferencias a otros. En una sociedad libre se reconocen derechos de propiedad universales y simétricos, ámbitos de control legítimo dentro de los cuales cada propietario es soberano, sus valoraciones son las únicas relevantes y así se evitan, minimizan o resuelven los conflictos.

Los liberales tenemos una concepción humilde y realista de la libertad como ausencia de coacción y respeto al derecho de propiedad. Muchos enemigos de la libertad distorsionan el concepto de diversas formas arbitrarias, absurdas o incoherentes, que distorsionan el papel de la voluntad. Para algunos libertad es poder y riqueza (realización de los proyectos vitales personales), aunque se obtengan coaccionando a los demás (de forma directa o indirecta), garantía de que se cumpla mi voluntad obviando la escasez y los límites de la capacidad de actuación humana; para otros libertad es ausencia de influencias o condicionantes externos o internos, que nada perturbe mi voluntad considerada como una entidad causante pero incausada, que influye pero no es influida (no tengo necesidades, solamente deseos autogenerados); y según otros sólo soy libre si escojo entre dos bienes y no entre el menor de dos males (por ejemplo en una situación angustiosa, desesperada), mi elección es libre solamente si no hay ningún aspecto en ella que sea valorado negativamente (sin costes).

Las relaciones en una sociedad libre son voluntarias por ambas partes. Algunas relaciones son tan importantes que se formalizan explícitamente mediante contratos. Los contratos no son simples transferencias absolutas y definitivas de derechos de propiedad (eso más bien sería un simple apunte en un registro de la propiedad). Los contratos son acuerdos más o menos complejos mediante los cuales las partes contratantes deciden voluntariamente en el presente aceptar restricciones sobre la legitimidad de su actuación según sus preferencias futuras. Igual que el derecho de propiedad impone límites a la voluntad (la propiedad ajena), los contratos implican compromisos limitadores de la libertad que son exigibles mediante el uso de la fuerza, porque los contratantes entienden claramente que en eso consiste un contrato, que si no se transformaría en una mera declaración de intenciones fácil de incumplir. Los contratos son herramientas éticas y jurídicas importantes que permiten a las personas planificar de forma conjunta y así no tener que actuar improvisando en cada instante sin poder prever el futuro con algo de certeza. Quien sacrifica parte de su libertad no es necesariamente un enfermo mental sin voluntad propia. Contratar implica obtener algo renunciando a algo a cambio, así que no es sorprendente que una parte de lo contratado (lo que se pierde, se entrega, o se obliga uno a hacer) sea lamentado por el individuo: conviene no olvidar que lo que consigue le compensa de la pérdida, al menos en el momento de la realización del pacto.

Algunos comentaristas poco consistentes pretenden que es evidente (axiomatizan sin dar argumentos ni explorar alternativas de forma exhaustiva) que todo contrato laboral debe poder rescindirse cuando el trabajador lo desee (el empleador aparentemente no debe disfrutar de los mismos derechos humanos, y no les suena el concepto de cláusula de rescisión), porque si no se violaría su libertad: absolutizan la voluntad presente (la libertad no es simplemente poder hacer lo que te dé la gana en todo momento, rompiendo cualquier compromiso previo) y destruyen la esencia de los contratos y su capacidad de organizar la acción humana de forma cooperativa. No saben definir coherentemente qué es la libertad y se hacen un buen lío al respecto.

Tal vez por falta de capacidad intelectual estos comentaristas no suelen realizar análisis teóricos rigurosos: mezclan de forma patosa la esclavitud involuntaria con los contratos voluntariamente aceptados de sumisión parcial o total, tema delicado pero intelectualmente explorable (sin que su estudio implique que al pensador le guste la posibilidad de la sumisión). En lo que sí se esfuerzan es en mostrar a los demás sus preferencias particulares: insisten en lo horribles, vomitivas, aberrantes y repulsivas que les parecen las teorías éticas liberales más consistentes y radicales (la pesadilla hecha realidad del anarcocapitalismo como liberalismo fundamentado en el derecho de propiedad y los contratos). Según ellos los anarcocapitalistas son fulanos impresentables, hijos de puta, sectarios, locos aprovechados de la coacción estatal, herederos con un ejército de siervos y esclavos, canallas inhumanos, hedonistas aspirantes a ser lo más guay entre lo radical que compiten por decir la mayor burrada, promotores de barbaridades, vergonzosos devoradores de niños, proxenetas y clientes de niñas prostitutas, prima donnas, fantasmas, fraudulentos, enemigos de la sociedad abierta (y en realidad no liberales), partidarios de un feudalismo ciertamente contrario a toda idea de libertad burguesa, defensores de una libertad consistente en la impunidad y que se cagan literalmente en la libertad política, malos compañeros de cruzada, indiferentes frente a hechos cuya relativización supone algo rayano en lo criminal.

La propiedad de las calles

Artículo en Instituto Juan de Mariana.

El derecho de propiedad sirve para evitar, minimizar y resolver conflictos entre seres humanos: el propietario es el único legitimado para decidir qué hacer con su propiedad, y su única limitación es no agredir la propiedad ajena. Los no propietarios pueden no estar de acuerdo, o no gustarles lo que hacen los demás con sus cuerpos, sus vidas y sus cosas, pero eso no es equivalente a ser agredido, así que no tienen ningún derecho a intervenir coactivamente para evitarlo.

Existen situaciones en las cuales es difícil (aunque quizás no imposible) asignar derechos de propiedad sobre ciertos bienes a personas individuales. En estos casos las unidades de gestión más pequeñas son más adecuadas para localizar y resolver problemas, porque tienen el conocimiento y los incentivos necesarios para ello, y porque cuantas más personas estén involucradas en un asunto más difícil es llegar a acuerdos máximamente satisfactorios.

Las calles existen porque es necesario trasladarse de un lugar a otro y suelen ser públicas porque es difícil y caro cobrar a los transeúntes por su utilización. Quienes viven o trabajan en un lugar son los principales interesados en que su hábitat sea agradable y atractivo y no se degrade, e igualmente son quienes mejor conocen la problemática particular de la zona. Las unidades urbanas más pequeñas posibles (bloques urbanos, barrios, pequeños municipios) son las más adecuadas para establecer las normas de uso de los espacios comunes.

Pero no hay garantías de que no haya conflictos, ya que distintas personas pueden tener diferentes preferencias, y la tragedia de los comunes enseña que es muy humano intentar aprovecharse al máximo de algo y contribuir lo mínimo posible a su mantenimiento: si alguien obtiene un beneficio provocando un coste a otros debería pagarles por ello de algún modo, con una tasa por un aprovechamiento o con una sanción por un daño causado. Cuando los destrozos se permiten lo normal es que proliferen, ya que la destrucción es fácil y a menudo divertida (los edificios abandonados suelen tener muchas ventanas rotas y no es por accidente).

Es posible conocer algunos principios generales acerca de cómo optimizar la normativa de uso de las calles mediante la observación de cómo se comportan las personas en sus propios hogares y cuando son invitados a viviendas ajenas, y mediante el estudio de las normas de conducta en calles de propiedad privada (centros comerciales, parques de atracciones).

Parece sensato exigirle a la gente que no ensucie ni estropee la calle, y por lo tanto no defecar u orinar en ella (tampoco los animales de compañía), ni abandonar basura (cuesta muy poco utilizar las contenedores dispuestos al efecto), ni destrozar el mobiliario urbano. Si alguien no admite esto tal vez lo entienda cuando otras personas hagan sus necesidades en el pasillo de su casa, abandonen allí también su basura y además destrocen sus muebles.

Los que pegan carteles sin permiso deberían retirarlos, limpiar lo ensuciado y ser informados de que existen medios de comunicación de masas que aceptan comentarios políticos y publicidad comercial: si no quieren o no pueden pagar el precio es su problema, y tal vez a los ciudadanos no les interesen los mensajes que quieren transmitir. Las pancartas colgadas son al menos más fáciles de retirar.

Las pintadas y el graffiti, aunque a sus ejecutores les parezcan artísticos y les sirvan para dejar constancia pública de su probablemente patética existencia, no suelen embellecer el entorno (no hay mucha gente dispuesta a pagar por ello y algunos se limitan a firmar con mala letra): a estos vándalos callejeros, además de obligarles a limpiar su porquería y a devolver las cosas a su estado original, se les podría educar pintarrajeando sus caras, sus cuerpos, sus ropas y sus posesiones más queridas. A ver si les gusta.

La venta ambulante reduce mucho los costes para el vendedor: no tiene que pagar el alquiler de un local y puede desplazarse y colocarse donde más clientes potenciales haya. Lástima que al hacerlo impida el paso de los viandantes (quienes tal vez podrían hacer como si toda esa mercancía no estuviera allí y pasar por encima, ya que no tendría que estar allí). Y si uno puede hacerlo, ¿por qué no todos hasta que la circulación quede totalmente bloqueada?

Algunos comerciantes parece que no tienen suficiente con el espacio de su local e invaden parte de la acera con sus mercancías o su publicidad. Algunos quiosqueros expanden su negocio mucho más allá de su pequeño habitáculo (y seguramente más allá de lo que su licencia municipal les permite).

Los pobres pueden pedir ayuda en múltiples organizaciones de caridad; pero hay profesionales de la mendicidad que no quieren que les sermoneen o les ofrezcan trabajo, prefieren dar pena y no les importa demasiado si impiden el paso o si molestan a otros ciudadanos.

Las prostitutas pueden ejercer discretamente en domicilios particulares o burdeles, pero el contacto con el cliente es más rápido y directo en la calle; quizás no consideran que siendo su profesión tan mal vista por muchos deberían ser cuidadosas con sus vecinos, parece que a mucha gente no le gusta la prostitución callejera cerca de sus hogares, escuelas, iglesias o trabajos.

El botellón callejero es una forma atractiva para los jóvenes de pasar el rato juntos, conversar, hacer amigos, buscar pareja y entretenerse. Todo eso puede hacerse en lugares privados (o sin convertir la zona en un basurero), pero al parecer las copas son muy caras: a ninguno se le ocurre tener un poco de iniciativa empresarial y poner un bar donde sean más baratas.

Aparcar en la calle parece gratis, pero obviamente tiene un coste: esa plaza no puede ser utilizada por otros; no es descabellado exigir una tasa cuando el espacio es limitado. Dejar el vehículo mal aparcado puede entorpecer el paso de otros.

Las manifestaciones callejeras sirven para presionar políticamente a los gobernantes o para protestar por múltiples causas. Podrían reunirse pacíficamente en muchos lugares donde no entorpecerían el tráfico (estadios, parques, manifestódromos), pero parece que parte esencial de muchas manifestaciones es llamar la atención perjudicando a otros y mostrando cuántos son y cuánto daño pueden hacer si se ponen de acuerdo.

Se supone que los gobernantes organizan la utilización de los recursos comunes de modo que no se abuse de ellos, pero los políticos y los burócratas son notoriamente incompetentes en sus funciones. Y en realidad se dedican a otras cosas que quedan como ejercicio para el lector. Pero luego dicen que a los liberales no nos interesa lo colectivo.